El menor no pierde la ciudadanía que ya tenía al nacer
Qué pasó
Una descendiente costarricense de un antepasado italiano solicitó el reconocimiento de su ciudadanía. Entre sus ascendientes intermedios había una persona que, siendo todavía menor de edad, vio a su propio padre optar por la nacionalidad costarricense.
El Ministerio del Interno italiano se opuso, argumentando dos cosas: que la adquisición de la ciudadanía italiana por parte del abuelo no había quedado bien documentada en su momento, y que la opción de ese abuelo por la nacionalidad costarricense había arrastrado también a su hija menor de edad, haciéndole perder — según la administración — la ciudadanía italiana antes de poder transmitirla.
- Tribunal
- Tribunale Ordinario di Brescia — Settima Sezione Civile
- Objeto
- Reconocimiento de ciudadanía italiana iure sanguinis
- Objeción
- Un ascendiente era menor cuando su padre optó por otra nacionalidad
- Resultado
- El tribunal reconoció la ciudadanía italiana de la solicitante
Qué dijo el tribunal
El tribunal señaló, primero, que optar por otra nacionalidad no equivale automáticamente a un acto explícito de renuncia a la ciudadanía italiana.
Pero además —y este es el punto central— el tribunal observó que esa opción ocurrió después del nacimiento de la ascendiente que en ese momento era menor. Como la ciudadanía italiana se adquiere en el momento de nacer, ya había sido transmitida a esa persona antes de que su padre tomara cualquier decisión sobre su propia nacionalidad. Lo que el padre hiciera después no podía deshacer un derecho que su hija ya tenía desde su nacimiento.
Con base en esto, el tribunal declaró fundada la solicitud y reconoció la ciudadanía italiana de la solicitante.
Qué significa esto para tu caso
Si algún ascendiente tuyo era menor de edad cuando su padre o madre adquirió otra nacionalidad, la fecha de nacimiento de esa persona respecto a la fecha de esa opción o naturalización puede ser exactamente el dato que decide tu caso.
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